Prescripción en accidentes de tráfico: plazos e interrupción

En nuestro artículo anterior, sobre Accidente de tráfico con choque en cadena. La colisión múltiple, explicábamos que una colisión en cadena se produce cuando colisionan tres o más vehículos que circulan en la misma dirección, uno detrás del otro.

En caso de accidente, nos surge una duda: ¿Qué plazo tengo para efectuar la reclamación a la compañía causante? Vamos a explicarlo.

Empecemos…¿Qué es la prescripción de la acción en un accidente de tráfico?

La prescripción se refiere al modo en que se extingue un derecho como consecuencia de no haberlo ejercido durante el tiempo que la ley establece. En nuestro caso, si la ley establece un plazo de un año, al finalizar dicho año si haber ejercido tu derecho de reclamación, esta acción se extingue por prescripción y ya no vas a poder reclamar al causante ni a su compañía aseguradora.

Es muy importante que presentes tu reclamación dentro del plazo que la ley determina para que ésta pueda ser atendida y no te la rechacen por haberse presentado fuera de plazo.

Plazo para poder reclamar y su cómputo ¿Qué he de saber?

Hemos visto que la ley establece el plazo de un año para poder reclamar los daños y perjuicios sufridos a raíz de un accidente de circulación (artículo 7.1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor). También el artículo 1968 del Código Civil, establece el mismo plazo de un año para reclamar los daños y perjuicios derivados de la responsabilidad civil por culpa o negligencia.

El perjudicado o en su caso sus herederos, tendrán acción directa para exigir a la compañía aseguradora causante del accidente la indemnización que corresponda, la cual prescribirá por el transcurso de un año.

Pero ¿cuándo empieza a contar este plazo? Es muy importante saber exactamente en qué momento me empieza a contar el plazo de prescripción para evitar que la reclamación se quede sin efecto.

El artículo 1969 del Código Civil, establece que el tiempo de prescripción de las acciones empieza a contar desde el día en que se pudieron ejercitar. Pero eso ¿Qué significa? Veamos:

Para poder efectuar una reclamación por un accidente de tráfico, hemos de poder cuantificar el importe de los daños sufridos, tanto personales como materiales, así como los gastos y otros perjuicios que sea reclamables.

Para ello hemos de esperar a que el lesionado curse alta médica, es decir, que finalice su periodo de curación para poder establecer el alcance de las lesiones sufridas.

Por tanto, nos preguntamos: ¿Cuándo pueden ejercerse las acciones que tiene el perjudicado contra el causante del accidente? Cuando el lesionado cursa alta médica o bien cuando un médico determina que las lesiones ya se han estabilizado. En ese momento comenzará a transcurrir el plazo de prescripción para poder reclamar.

A menudo es difícil poder calcular cuando empieza a contarse el plazo de prescripción, por qué la valoración del proceso de curación de un lesionado y el momento en que se establece el alta puede dar lugar a diferentes interpretaciones, por lo que hemos de tener presente que no podemos demorarnos en efectuar la reclamación una vez tengamos el alta médica.

CONCLUSION: El plazo para reclamar la indemnización empieza a contar desde el día en que el lesionado cursó alta médica, con o sin secuelas derivadas del accidente o se estabilizaron sus lesiones.

La interrupción del plazo de prescripción ¿En qué momento se produce?

El plazo de prescripción se puede interrumpir de diferentes maneras:

  • El artículo 7.1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM), establece que, con carácter previo a la interposición de una demanda judicial, el perjudicado deberá efectuar una reclamación previa a la compañía aseguradora del vehículo causante del siniestro. Esta reclamación interrumpirá el plazo de prescripción, que quedará interrumpida hasta que el perjudicado reciba una oferta o respuesta motivada definitiva de la compañía aseguradora, en un plazo no superior a tres meses.
  • Si por el accidente que ha sufrido el perjudicado ya se está tramitando un procedimiento penal, por ejemplo, por qué el conductor causante dio positivo en el control de alcoholemia, o si ha habido lesiones de gravedad, el plazo de prescripción empezará a contar a partir de la Sentencia o la resolución penal que ponga fin al procedimiento.

Según la STS 568/2022, Sala Civil, de 15 de febrero de 2022, la denuncia interpuesta en la vía penal por un presunto delito que conlleve aparejada responsabilidad civil supone que se está ejercitando también la acción civil ante los tribunales e interrumpe la prescripción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1973 del Código Civil, pero esta interrupción en vía penal no es automática, sino que es necesario que el hecho enjuiciado sea constitutivo de delito.

A modo de resumen…

  • La prescripción en accidentes de tráfico es la extinción del derecho a efectuar una reclamación al causante del accidente y/o a su compañía aseguradora por haber finalizado el plazo para ello. Este plazo es de un año.
  • Este plazo de un año empieza a contar desde el momento en que el lesionado cursa alta médica o bien se han estabilizado sus lesiones, para ello un médico especialista en la materia deberá determinar en qué momento se entiende que las lesiones ya se han estabilizado.
  • El plazo de prescripción se puede interrumpir efectuando una reclamación a la compañía aseguradora del vehículo causante del siniestro, en la que se detallaran las circunstancias del accidente y se solicitara de la compañía que efectúe una oferta de indemnización, o bien, si por el accidente ya se está tramitando un procedimiento penal, el plazo de prescripción comenzará a contar a partir de la Sentencia o de la resolución penal que ponga fin al procedimiento.

Si dejas pasar el tiempo sin haber ejercido tu derecho de reclamación, tu reclamación y derecho a ser indemnizado puede prescribir y ya no vas a poder reclamar al causante del accidente ni a su compañía aseguradora. Contacta con nosotros y te asesoraremos gratis y sin compromiso al teléfono 629 77 80 11. Es importante contar con un abogado especialista en accidentes de tráfico para que éste pueda actuar en defensa de tus intereses. 
Abogado accidentes de tráfico y atropellos sabadell barcelona

Eduard Tortajada

Abogado especializado en Sabadell y Barcelona con más de 30 años de experiencia.

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